Amparos en el Poder Judicial son pan de todos los días, señala Edel Álvarez Peña

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Foto: Fabián Delgado
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» Nombramiento de jueces comisionados a ponencia se encuentran dentro de la ley, señala
Luego de que este miércoles se informara sobre la resolución de un amparo por parte de un juzgado de distrito, en el que se advierte la presunta improcedencia en la comisión de jueces como ponentes en el Tribunal Superior de Justicia, el Magistrado Edel Álvarez Peña, aclaró que dicha resolución no fue dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación -como se indicó en algunos medios de comunicación-, sino por un juzgado de distrito.

Sostuvo que «en el caso particular que se menciona, los ponentes a que se refiere dicho amparo fueron un magistrado, un secretario de acuerdos y un secretario de estudio y cuenta, mas no jueces como se ha señalado en la información».

Cuestionado sobre el amparo en mención, dijo que en el Poder Judicial «los amparos son pan de cada día; es un asunto que diariamente vemos y atendemos conforme se van presentando, no es algo que nos sea ajeno; por el contrario, forma parte del propio derecho que tienen los justiciables y son inherentes a la labor jurisdiccional».

No obstante, aseguró que el personal que en estos momentos se encuentra comisionado en las ponencias cumple cabalmente con los criterios previstos en la ley:

«El tema de los jueces y de las personas comisionadas a ponencia se enmarca dentro de la norma; en otras ocasiones he referido que no se violenta la ley ni mucho menos; incluso, hay jurisprudencia de la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación al respecto; en todo momento hemos actuado con responsabilidad para atender la carga de trabajo que presenta en estos momentos el Tribunal Superior de Justicia».

Recordó que en febrero del 2015, el alto tribunal del país generó jurisprudencia en este sentido al sostener que los tribunales colegiados de distrito, «pueden integrarse legalmente con un magistrado titular y dos secretarios en funciones de magistrado, aun cuando uno haya sido designado por el Consejo de la Judicatura Federal y otro por el propio tribunal».

Dijo que para la propia SCJN «los secretarios de dichos tribunales designados por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar la función de Magistrados, se convierten en verdaderos titulares de los órganos jurisdiccionales respectivos durante el lapso que duren sus funciones».

Por ello, fue enfático en rechazar que los acuerdos y resoluciones emitidas por jueces y personal comisionado como ponentes en las distintas salas del Poder Judicial del Estado carezcan de validez:

«Los justiciables pueden tener la certeza de que estamos actuando conforme a la ley; el Poder Judicial atiende la carga de trabajo que representa desde más de un año, la ausencia de magistrados; las resoluciones no pueden postergarse, pues esto iría en contra de la propia impartición de justicia; reitero, todo se encuentra en el marco de la ley».