Tribunal confirma vinculación a proceso contra Ramón Sosamontes por ‘Estafa Maestra’

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En otro juicio, fue revocada la medida cautelar que le prohibía salir del país.

 

Un Tribunal Federal ratificó el auto de vinculación a proceso dictado contra Ramón Sosamontes Herreramoro, ex colaborador de la ex secretaria de Estado, Rosario Robles Berlanga, quien fue imputado por su presunta responsabilidad en el delito de uso indebido de atribuciones y facultades, por suscribir un contrato de manera indebida por 353 millones de pesos con Radio y Televisión de Hidalgo (RTH), en el caso de la Estafa Maestra.

Por unanimidad, el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal estimó justificada la existencia del hecho con apariencia de delito y la probabilidad del imputado en su comisión, esto de acuerdo a la teoría del caso que presentó la Fiscalía General de la República (FGR).

«Después de analizar los planteamientos de la Fiscalía y de la parte apelante, se considera que prevalece la teoría del caso que la citada representación social federal sustentó».

«Cabe mencionar que el estándar de prueba para la emisión del auto de vinculación a proceso, únicamente requiere la existencia de datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que sea probable que el imputado intervino en su comisión”, detalla el proyecto de la magistrada Gabriela Vieyra Pineda, el cual fue apoyado por el magistrado Manuel Bárcena Villanueva y el secretario en funciones de magistrado Isidro Jaramillo Olivares.

El agente del Ministerio Público Federal señaló ante el juez de control que Ramón Sosamontes se desempeñó como jefe de la Oficina y de Comunicación Social de la entonces Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), y supuestamente contrató, de manera indebida, servicios con recursos públicos con Radio y Televisión de Hidalgo, los cuales no se llevaron a cabo, provocando un quebranto a la hacienda pública federal por más de 353 millones pesos.

«En adición a las razones expuestas, es menester destacar que la probable participación del imputado en el hecho con apariencia de delito, se le atribuye en términos de la fracción III del artículo 13 del Código Penal Federal, por realizarlo a título de coautor material, además, de que la ejecutó de forma dolosa en términos del artículo 9, párrafo I de la citada Codificación Penal Federal».

«Por tanto, la defensa debió justificar su teoría del caso con datos de pruebas suficientes, para mostrar que no se acredita el elemento indebido; lo que no ocurrió, por lo que no puede demostrarse alguna causa de exclusión», indica la resolución.

En otro recurso de apelación, el mismo Tribunal Colegiado determinó revocar la medida cautelar que le prohibía salir del país.

Los magistrados consideraron que la FGR no expuso argumentos para justificar que el imputado pretende evadir la justicia.

 

*MILENIO