POR ROSA VÁZQUEZ
Hay conductas en México que pueden calificarse como crímenes de guerra
Francisco Javier Guerra
INVESTIGADOR
En Veracruz se cometen delitos como genocidio, crímenes de agresión y crímenes de guerra, y a pesar de ello la Corte Penal Internacional no puede intervenir para tratar ese tipo de delitos
Francisco Javier Guerra González, investigador nacional de la Embajada Mundial de Activistas por la Paz en México dijo que en cuanto la legislación sea actualizada y se tipifiquen algunos de los delitos que contempla el Pacto de Roma, la corte podrá intervenir y atraer ese tipo de casos cometidos por el crimen organizado.
“Hay conductas en México que pueden calificarse como crímenes de guerra, por ejemplo los conflictos internos entre los grupos armados, que generan secuestros o masacres, sí México no castiga a los culpables, la corte penal pudiera intervenir”.
Entrevistado previo al Foro Universitario de Derecho en Materia Penal, organizado por la Universidad Veracruzana, señaló que mientras México no actualice su legislación, la corte no puede atraer casos como el de las fosas clandestinas donde por encontrar varios cuerpos humanos, se puede considerar genocidio.
Recordó que el país ya firmó el Pacto de Roma, por lo que reconoce la competencia de la corte y la tipificación de los delitos pero ahora deben realizar la actualización para tipificar los delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y los crímenes de agresión.
Abundó que los crímenes de guerra no implican que exista una guerra real entre dos naciones, sino que también se le considera de esa forma cuando hay conflictos entre un estado y grupos armados.
«México ya firmó el pacto y está comprometido a legislar en materia de esos delitos. La corte penal no actúa en tanto que el país donde se cometen los delitos administra a la justicia».
El Pacto de Roma es para juzgar a quienes cometen crímenes contra la humanidad, esto en un contexto mundial de constantes masacres humanas derivadas de la intolerancia y el odio.