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México y el control de convencionalidad

Nuestro país sigue caracterizándose por marcados contrastes y problemas que parecen congénitos como: la pobreza, desigualdad social, discriminación, violencia, corrupción, abuso de poder y la impunidad, que a diario ponen en serio predicamento el acceso pleno y digno de los derechos humanos.

Desde su concepción, los derechos humanos son entendidos como prerrogativas concebidas para tratar de alcanzar la dignidad humana y gozan de los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Así, la mayoría de los países han puesto en marcha esfuerzos para garantizar su disfrute.

Sin embargo, los derechos humanos suponen —y exigen— un derecho común que permita a todas las personas gozar y ejercer estos derechos en cualquier latitud, en una especie de aldea global igualitaria; de ahí el origen, importancia y finalidad de los tratados internacionales en la materia.

Existen sistemas de protección y defensa de los derechos humanos regionales de los que México es parte, como el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, que cuenta con dos órganos creados para velar su observancia: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La comisión es el órgano consultivo en la materia y la Corte es el órgano judicial que aplica e interpreta la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Lo anterior viene a colación pues, desde los albores del siglo XXI, la Corte Interamericana —y de manera especial el juez Sergio García Ramírez— concibió el principio de Control de Convencionalidad, mismo que se entiende como la obligación de las autoridades —especialmente de las judiciales— de observar y ceñir sus actuaciones a los derechos consignados en los tratados internacionales.

Las resoluciones de la Corte Interamericana contra México en principio generaron que en el año 2011 se modificara el artículo 1º de nuestra Constitución y se estableciera que: “Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte”, ampliando así el llamado bloque de constitucionalidad.

El sistema interamericano trabaja a toda marcha y envía a los países miembros peticiones, resoluciones y recomendaciones que surgen de las denuncias que se le presentan. En el caso de México, la Comisión Interamericana reporta 1,661 peticiones y casos en trámite en el trienio 2018–2020, que significa un aumento de más del 400% respecto de los 364 registrados en el trienio 2012–2014.

Sólo por poner un ejemplo de la crisis de derechos humanos que enfrenta nuestro país, hace unos días la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración declaró que más del 90% de las agresiones y homicidios contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas no son sancionados; por lo que se impulsará una iniciativa de ley que diseñe un sistema de protección más eficaz.

El principio de Control de la Convencionalidad y el texto constitucional hacen obligatorio para el Estado mexicano la atención y cumplimiento de todas esas peticiones que provienen del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.

Sólo con voluntad política, eficiencia e inteligencia en el actuar de sus instituciones, México logrará sortear con éxito los momentos difíciles que como país atravesamos para lograr garantizar los derechos humanos de todas las personas y disminuir las peticiones ante las instancias interamericanas.

Como Corolario la frase del expresidente Sudafricano, Nelson Mandela: “Privar a las personas de sus Derechos Humanos es poner en tela de juicio su propia humanidad”.

Las ideas y opiniones expresadas por el autor de ésta columna periodística, no reflejan necesariamente el punto de vista de Crónica de Xalapa ©️

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