Hasta el 31 de marzo habrá descuento en pago de derechos vehiculares

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La Secretaría de Finanzas y Planeación emitió un decreto que establece las reglas de operación para aplicar el beneficio fiscal del 7% en el pago de los derechos de control vehicular, y el estímulo fiscal del 99% en el pago de recargos y actualizaciones generados por adeudos anteriores.

 

El otorgamiento de los beneficios fiscales concluye el 31 de este mes de marzo y para acceder a ellos, de acuerdo con las reglas, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

 

Que, al momento de aplicar el beneficio, el vehículo se encuentre dado de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular.

 

El propietario del vehículo debe realizar oportunamente el pago de los derechos de control vehicular a su cargo, cumpliendo la obligación dentro del periodo del 1 de marzo al 31 de marzo.

 

Además, que el vehículo cuente con el holograma respectivo del periodo vigente que ampare la verificación vehicular de conformidad con el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria.

 

Así también, quien cumpla con el pago de sus impuestos y/o derechos de control vehicular adeudados, se le otorgará un estímulo fiscal del 99% en el pago de recargos y actualizaciones, que se hubiesen causado en los ejercicios fiscales anteriores, siempre y cuando paguen sus contribuciones vehiculares del 1 de marzo al 31 de marzo de 2025.

 

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