Entra en vigor reforma de ley para entrega-recepción de administraciones municipales

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Este martes 25 de noviembre entró en vigor la reforma a la Ley para la Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Municipal, que regulará el proceso de entrega de la administración de los alcaldes que terminan su periodo y de quienes iniciarán funciones.

La reforma fue publicada en la Gaceta Oficial del Estado, además de establecer plazos legales para el proceso, y que garantiza el derecho de audiencia a los funcionarios municipales que concluyen su periodo el próximo 31 de diciembre.

Cabe mencionar que el próximo 01 de enero entrarán en funciones 212 nuevos presidentes municipales, igual número de síndicos y 630 regidores para el periodo constitucional de enero 2026 a diciembre del 2030.

La nueva normatividad, la cual fue aprobada el pasado jueves 20 de noviembre y que entró en vigor este 25 de noviembre, fue presentada por el diputado local y virtual alcalde de San Andrés Tuxtla, Rafael Fararoni Magaña.

A partir del 2026, el protocolo de entrega y recepción se realizará el día primero de enero, cuando se instale el nuevo Ayuntamiento, en términos de la Constitución Política Local y demás leyes secundarias.

Asimismo, se establece que el proceso de entrega-recepción se realizará dentro de los cinco días hábiles siguientes y se someterá a la consideración del Ayuntamiento, el cual podrá llamar a las personas servidoras públicas de la administración saliente para que expresen lo que a sus intereses convenga respecto de las observaciones que contenga, o para solicitar información o documentación complementaria.

El Ayuntamiento en funciones certificará y expedirá los documentos necesarios para complementar la información del expediente de entrega-recepción que soliciten las personas servidoras públicas de la administración saliente, con el fin de aclarar y solventar las observaciones del dictamen.

De igual manera, los nuevos gobiernos municipales deberán expedir los documentos necesarios para la integración del expediente de entrega-recepción que soliciten los servidores públicos de la administración saliente. La respuesta se emitirá en un plazo no mayor a 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la notificación.