Ecuador discrimina a activista y excandidato presidencial al no reconocer su matrimonio indígena: ONU

0
122

«Negarle una visa de amparo familiar y orientarle hacia la celebración de su matrimonio bajo la jurisdicción ordinaria civil equivale a una asimilación forzada a la institución estatal del matrimonio civil»: Comité de la ONU contra la Discriminación Racial.

 

Yaku Pérez, quien es integrante del pueblo indígena Kichwa Kañari, se casó en 2013 con Manuela Lavinias, periodista y profesora de nacionalidad brasileña y francesa. Las autoridades tradicionales del pueblo Kichwa Kañari de la Comunidad Indígena de Escaleras oficiaron el matrimonio.

En 2015, Yaku y su esposa fueron arrestados durante una marcha en defensa de los derechos de los pueblos indígenas y las autoridades ecuatorianas revocaron la visa de Lavinias Picq, quien tuvo que abandonar el país.

A fin de que su esposa pudiera regresar a Ecuador, Yaku Pérez solicitó la inscripción de su matrimonio en la Dirección General del Registro Civil con la intención de obtener una visa de reunificación familiar, pero su solicitud fue denegada bajo el argumento de que el contrato matrimonial no era legalmente válido porque las autoridades indígenas no son competentes para oficiar e inscribir matrimonios.

Para realizar el trámite se le solicitó que se casara nuevamente ante funcionarios del Registro Civil.

El activista y expresidente de la Conferencia de los Pueblos de la Nacionalidad Kichwa de Ecuador presentó en 2017 una denuncia al Comité contra la Discriminación, explicando que los pueblos indígenas han vivido y organizado sus sociedades por milenios, antes de la existencia del Estado, inclusive mediante matrimonios ancestrales celebrados por sus instituciones de acuerdo con sus culturas.

Al respecto, el Comité declaró: “Negarle una visa de amparo familiar y orientarle hacia la celebración de su matrimonio bajo la jurisdicción ordinaria civil equivale a una asimilación forzada a la institución estatal del matrimonio civil“.

El Comité agregó que la Constitución Política de Ecuador establece que el país es un Estado plurinacional, que garantiza a los pueblos y nacionalidades indígenas el derecho a aplicar y practicar su derecho propio o consuetudinario, y que les otorga el derecho de ejercer funciones jurisdiccionales con base en sus tradiciones ancestrales.

Por otro lado, el derecho internacional reconoce el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación y a la autonomía en materia de jurisdicción, procedimientos e instituciones propias milenarias, y que establece que, al aplicar la legislación nacional a los pueblos indígenas, los Estados deben tomar debidamente en consideración sus costumbres y derecho consuetudinario.

“Justicia internacional ONU da un golpe a Estado colonial y gobierno del correismo que negó el matrimonio ancestral. Un gran precedente para el ejercicio de los derechos colectivos y el fortalecimiento de las instituciones milenarias”, declaró Yaku Pérez en Twitter.

El Comité señala que el Estado debe proceder a la inscripción en el Registro Civil del matrimonio para que puedan solicitar una visa, proporcionar una indemnización adecuada por el daño sufrido, ofrecer una disculpa por la violación de sus derechos, modificar la legislación para incorporar el reconocimiento e inscripción de los matrimonios celebrados por autoridades tradicionales indígenas y desarrollar un programa de capacitación para funcionarios sobre la validez y el reconocimiento de los matrimonios indígenas celebrados por autoridades tradicionales.

Tomada De Aristegui