Decisión de SCJN sobre desaparición forzada reconoce su gravedad y el derecho a la verdad: ONU-DH

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que mandos militares deberán declarar en las investigaciones.

La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) celebró la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la que mandos militares deberán declarar en las investigaciones de desaparición forzada.

La ONU-DH reconoció que con esto se reitera el reconocimiento del derecho de las personas desaparecidas a ser buscadas con vida y el derecho a la verdad. Además, “se reconoce la gravedad” de estos crímenes y la necesidad de fortalecer los mecanismos para combatirlos.

Igualmente, se precisan criterios para los jueces y se determina que “pueden fijar medidas encaminadas a proveer una reparación integral a las víctimas”.

“La ONU-DH espera que la decisión del día de ayer sea un parteaguas en el quehacer jurisdiccional para las familias que buscan justicia, verdad y reparación”, declaró a través de un comunicado.

Subrayó que el informe del Comité contra la Desaparición Forzada, (CED por sus siglas en inglés) definió entre sus prioridades “remover los obstáculos que impiden la judicialización de los casos”, ya que esto “sigue siendo una excepción”y las herramientas disponibles son poco conocidas y aplicadas. Asimismo, existe “una actitud pasiva de muchas instituciones judiciales frente a las desapariciones”.

“Las más de 100 mil familias con algún ser querido desaparecido en México, son el motor que impulsa las acciones de combate a la desaparición en el país”, afirmó.

La ONU-DH recalcó que esto se suma a la decisión adoptada con el Amparo en Revisión 1077/2019, “que reconoció la fuerza vinculante a las Acciones Urgentes emitidas por el CED a efectos que se busque y localice a una persona desaparecida”.

Este miércoles, SCJN otorgó un amparo a los familiares de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, ex militantes del grupo guerrillero Ejército Popular Revolucionario (EPR), para que declaren los mandos militares que participaron en su desaparición forzada en 2007.

Reyes Amaya y Cruz Sánchez fueron secuestrados y desaparecidos el 24 de mayo del 2007 alrededor de las 11:30 de la mañana, cuando elementos del Ejército Mexicano adscritos a la Octava Región Militar en Ixcotel, Oaxaca, junto con agentes de la Dirección General de Seguridad Pública estatal y la Policía Ministerial realizaron un operativo para detenerlos en las inmediaciones de un hotel Oaxaca.

Con la aprobación del proyecto, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) deberá publicar extractos de la sentencia, se tendrán que tomar declaraciones de los militares y la Fiscalía General de la República tendrá que publicar los avances de la investigación.

La SCJN también determinó que los casos deben atender a un estándar de prueba atenuado, ya que la desaparición forzada se caracteriza por la falta de pruebas directas. Además, no será necesario que primero se haya acreditado la responsabilidad penal de los servidores públicos involucrados.

Además, las autoridades de amparo podrán fijar medidas para una reparación integral del daño.

La Corte recalcó que es “una de las violaciones más graves a derechos humanos”, ya que somete a las familias de las víctimas a actos que pueden ser equiparables a tortura, tratos crueles e inhumanos, debido a que desconocen el paradero de sus seres queridos y porque realizan labores de búsqueda.

Por lo tanto, señaló que la búsqueda de la verdad y el acceso efectivo a la justicia son fundamentales para las víctimas.

“Los familiares de personas desaparecidas tienen el derecho a conocer las circunstancias de la desaparición y lo ocurrido con sus seres queridos, a saber quiénes fueron los responsables, a agotar todas las posibilidades posibles para encontrarlos, a tener acceso a información que permita ese propósito y a medidas de reparación”, declaró en un comunicado.

Tomada De Aristegui